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Ayudas para el año 2019 dirigidas a empresas, asociaciones, federaciones y fundaciones
ENE 2019

La presente resolución tiene por objeto convocar las ayudas de Turisme Comunitat Valenciana para el ejercicio 2019, destinadas a empresas, asociaciones, federaciones y fundaciones que cumplan con lo establecido en el artículo 2.1.a y b) del Decreto 4/2017, de 31 de marzo, que desarrollen proyectos de interés turístico y se enmarquen en los programas que se detallan en el anexo I a esta resolución.

Ayudas para el año 2019 dirigidas a empresas, asociaciones, federaciones y fundaciones, destinadas a la mejora de la competitividad de los servicios y productos turísticos de la Comunitat Valenciana

Beneficiarios/as

1. Podrán acogerse a los programas de ayudas que se recogen en el 
anexo I de esta resolución:
a) Empresas turísticas, siempre que estén debidamente inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana a la fecha de presentación de la solicitud.
b) Federaciones, fundaciones, asociaciones y empresas organizadoras de actividades deportivas y culturales de interés turístico que se celebren en la Comunitat Valenciana.
c) Asociaciones y empresas, que desarrollen actuaciones de promoción y comercialización de productos turísticos de la Comunitat Valenciana.
d) Empresas organizadoras de actividades de carácter musical de impacto turístico que se celebren en la Comunitat Valenciana.
2. Los proyectos subvencionables estarán condicionados a:
a) Que las condiciones para ser beneficiario se mantengan hasta el momento del pago de la subvención.
b) No podrán acceder a la condición de beneficiario de las ayudas reguladas en esta resolución, aquellos en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
c) Estas ayudas no son compatibles con la colaboración que articule la Agència Valencia del Turisme vía líneas nominativas de subvención para el mismo objeto y beneficiario.
d) No se contemplarán ayudas para proyectos cuyo coste subvencionable sea inferior al que se determine en el anexo I para cada programa.
e) Las actuaciones que se subvencionen en el marco de la presente convocatoria no podrán haberse iniciado con anterioridad al día 1 de enero de 2019.
f) En ningún caso el importe de la subvención unido al de otras posibles subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado podrá superar el coste de la actividad subvencionada.
3. El importe máximo de ayuda global por beneficiario de los programas de esta resolución será de 100.000 euros.
Con carácter extraordinario y únicamente para el programa 1, «Fomento de la competitividad empresarial», podrá contemplarse la plurianualidad de la ayuda cuyo coste subvencionable sea superior a 70.000 euros, quedando condicionado el importe correspondiente a la segunda anualidad a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos que el ente público Turisme Comunitat Valenciana tenga consignados en 2020.

Plazo de presentación:

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 15 de enero de 2019 y finalizará el día 15 de febrero de 2019 a las 23:59.59 horas (hora oficial peninsular española).

Resolución

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