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FORMACIÓN Y PLUS COMPENSATORIO DE FORMACIÓN
MAY 2022


FORMACIÓN Y PLUS COMPENSATORIO DE FORMACIÓN

El  26 de enero de 2022 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia el Convenio Colectivo de la INDUSTRIA, LA TECNOLOGÍA Y LOS SEVICIOS DEL SECTOR DEL METAL DE VALENCIA para los años 2020 a 2022, suscrito el pasado 13 de julio de 2021.

BOP 26 enero 2022

En aras de conseguir un sector moderno y competitivo, es necesario contar con un empresariado y unas personas trabajadoras con formación adecuada y permanente actualizada, ajustada a las necesidades del mercado de trabajo, que atienda a los requerimientos de competitividad de las empresas de este sector, a la vez que satisfaga las aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal. Es por ello que el convenio ha incorporado un nuevo artículo 71: FORMACIÓN Y PLUS COMPENSATORIO DE FORMACIÓN, y que entrará en vigor el próximo 1 de junio 2022.

 

En dicho artículo se establece la importancia que la formación tiene para el sector, y por este motivo se establece la necesidad que las empresas acrediten su participación en algún plan formativo de los establecidos en el mencionado artículo (sectoriales de FEMEVAL y sus asociaciones; sectoriales de las organizaciones sindicales firmantes del convenio o de la propia empresa debidamente homologados). Existen varias fórmulas para que las empresas acrediten esta participación, mediante certificación expedida por alguna de las siguientes entidades:

Para las empresas asociadas a FEMEVAL: FEMEVAL

Para las empresas que participen en planes de CCOO o UGT: CCOO o UGT

Para las empresas con plan de formación y no asociadas a FEMEVAL ni participantes en planes de formación de CCOO o UGT: COMISITON PARITARIA DEL CONVENIO, previa solicitud dirigida a la misma.

En cuanto al grado de participación y número de trabajadores a formar el propio artículo establece que: “Será la dirección de la empresa, oída la RLT de conformidad con lo previsto en el art. 64.5 e) del ET, la que determinará el grado de participación y los contenidos de la formación, así como las personas participantes a incluir en su plan o planes formativos, los cuales comunicará a la representación legal de las personas trabajadoras de la empresa, en su caso. No se generará derecho individual a este plus, siempre que la empresa acredite lo establecido en el apartado 3 a lo largo del año”.

Aquellas empresas que no acrediten su participación, en algún plan formativo de las modalidades descritas anteriormente, deberán abonar a sus personas trabajadoras un plus compensatorio de formación, de naturaleza salarial, en cuantía de treinta euros mensuales (30,00,-€) durante la vigencia del presente convenio.

Cualquier consulta adicional, así como la documentación necesaria pra hologar su plan formativo, se encuentra en la página de FEMEVAL: www.femeval.es o al teléfono de contacto: 96 3719 761

 

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