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PLAN RESISTIR DEL AYUNTAMIENTO DE MANISES
MAR 2021

Se ha publicado en el BOP de fecha 1 de marzo de 2021 el Anuncio sobre el extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 17 de febrero de 2021, por las que se convocan ayudas económicas a autónomos y mircroempresas cuya actividad se ha visto afectada por la pandemia provocada por el COVID 19 en el marco del "Plan resistir", ayudas paréntesis, aprobadas por la Generaltita Valènciana.

REQUISITOS:

Que la actividad económica sea desarrollada por un autónomo/a o una microempresa que no tengan más de 10 trabajadores/as en su plantilla que estén dados de alta en el régimen de la seguridad social o en la mutua profesional correspondiente y en la Agencia Estatal de Administración Tributaria a fecha 31 de diciembre de 2020.

Que figuren de alta en la matrícula municipal del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de este municipio a fecha 31/12/2020 en uno o varios de los epígrafes a los que se refiere el anexo II del Decreto Ley 1/2021.

Que figuren en el listado de exentos del IAE de este municipio por aplicación de los requisitos legales vigentes para ello siempre que figuren de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

Que el domicilio fiscal se encuentre en el municipio de Manises. En caso de no tener local afecto a la actividad, el domicilio fiscal debe encontrarse en el término municipal de Manises con fecha anterior al día 1 del mes en que se presente la solicitud.

Que se encuentren en funcionamiento en fecha anterior al día 1 del mes en que se presente la solicitud.

Que no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

  • Gastos en concepto de arrendamiento del local comercial.
  • Las compras de mercancías y aprovisionamientos.
  • Gastos en suministros de energía eléctrica, agua, gas y comunicaciones (Internet, teléfono, etc) vinculados al local comercial donde desarrolla la actividad comercial.
  • Gastos de reparaciones y conservación, piezas, recambios y consumibles de oficina, servicios de profesionales independientes (asesorías, gestorías, informáticos y análogos), equipos de protección individual, primas de seguros, publicidad y propaganda vinculados directamente a la actividad comercial.
  • Gastos de personal en sueldos, salarios y cuotas a la seguridad social del empresario individual o las cuotas a cargo de la empresa (cuota patronal), en caso de tener trabajadores en su cuenta.
  • Gastos de intereses de hipotecas vinculadas al establecimiento comercial.
  • Otros gastos corrientes vinculados a la actividad.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

30 días naturales a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia .

Anuncio del BOP

 

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